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(19 mar 2009)
Imputan a Valencia y Dóniz por el Atlante Deberán comparecer el próximo día 8 de mayo en los juzgados.
Pedro H. Murillo | La Orotava El alcalde de La Orotava, Isaac Valencia, y el concejal de Hacienda, Juan Dóniz, han sido citados para comparecer, el próximo 8 de mayo, a las 9:00 horas, en el Juzgado número 2 de lo Penal de la localidad, para responder por un presunto delito contra el patrimonio en relación con el caso Atlante, según confirmaron a La Opinión de Tenerife fuentes cercanas al caso. En este sentido, los hechos que se imputan se remontan a 2003, cuando Dóniz desempeñaba sus funciones como responsable del Área de Urbanismo y, desde el consistorio orotavense, se concedieron las licencias a la empresa constructora Pejomar para la demolición del teatro Atlante. La denuncia fue presentada por la Coordinadora Ecologista El Rincón el 18 de septiembre de 2004, por considerar que las actuaciones emprendidas en el citado teatro y en las casas adyacentes podrían ser constitutivas de un delito contra el Patrimonio Histórico. En este sentido, hasta la imputación del concejal Juan Dóniz, la vía penal del caso había permanecido abierta, mientras que los recursos contenciosos administrativos han sido ganados, en su mayoría, por el Movimiento Vecinal Atlante, hasta incluso conseguir que el TSJC anulara las licencias para la edificación en las parcelas del Atlante. Por su parte, Juan Dóniz, se enteró de su imputación por este periódico, aseguró desconocer la naturaleza de la citación, ya que no le ha sido notificada, y lamentó "enterarme de este tema por la prensa". Foto y artículo extraídos de " La Opinión de Tenerife" (19 abr 2009). |
(30 mar 2008) La justicia rechaza el recurso municipal, insular y de Pejomar e impide el edificio El TSJC se ratifica en su sentencia, en la que da la razón con contundencia al movimiento vecinal, e impone las costas a los gobiernos y la empresa tras apreciar "temeridad en el planteamiento de nulidad". EL DÍA, La Orotava Nuevo intento y nuevo fracaso del gobierno orotavense, el Cabildo insular y la empresa Pejomar en su empeño por construir el edificio de nueve plantas por el que se derribó el histórico teatro Atlante, que dejó días intensos y casi dramáticos en el casco villero en marzo de 2005 y que creó un movimiento vecinal y político que ha ido ganando poco a poco la partida en los juzgados, si bien aún se debe pronunciar el Supremo. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en una decisión que data del pasado día 4 de este mes, ha rechazado el recurso de nulidad presentado por el consistorio, la Administración insular y la constructora contra la sentencia de este mismo órgano judicial del pasado septiembre en la que daba la razón con poderosos argumentos al movimiento vecinal y anulaba las licencias de construcción, un verdadero varapalo que ha creado mucha incertidumbre y hasta serias dudas sobre la conveniencia de seguir en la lucha, si bien CC ha optado finalmente por recurrir a las últimas instancias. La resolución de la sala de los contencioso administrativo no sólo se ratifica en su decisión anterior, sino que "aprecia temeridad en el planteamiento del recurso de nulidad", por lo que impone las costas causadas a sus promotores. Las administraciones y Pejomar argumentaban "falta de emplazamiento del Cabildo, incongruencia por enjuiciar y anular la resolución de 7 de marzo de 2005 del Cabildo, falta de motivación sobre la anulación de esa decisión, incongruencia por haber fundado la resolución del 8 de marzo de 2005 en motivos no planteados en el recurso de apelación y la misma falta, en este caso omisiva, al no pronunciarse sobre la excepción de extemporaneidad y litispendencia". La sala rechaza "absolutamente la falta de emplazamiento" y dice que fue instado por la parte recurrente mediante un escrito del 4 de julio de 2006, por lo que la administración era "formalmente consciente de la existencia del pleito y, además, fue llamado al mismo y no compareció, bien porque no le interesó, bien porque no consideró trascendente su presencia". Sobre la primera incongruencia, asegura que ya se planteó en la sentencia y que no cabe como elemento que anule la resolución. La falta de motivación sobre la resolución de 7 de marzo de 2005 la rechaza "por entender que se trata de una mera apreciación de parte. La sentencia explica cómo la resolución es una flagrante vulneración de la ley autonómica 4/1999 y basta con la lectura sosegada de los fundamentos séptimo y octavo de la sentencia". El TSJC también rechaza la segunda supuesta incongruencia y afirma que "una cosa es la inclusión de cuestiones nuevas no suscitadas por las partes, y otra que sobre las cuestiones suscitadas y tratadas en la sentencia el tribunal pueda hacer uso de las normas". Asimismo, sostiene que tampoco se produjo incongruencia omisiva. Artículo extraído del periódico "El Día" (30 mar 2008). Anterior Sentencia del TSJC (28 sep 2007) La justicia da la razón a los vecinos Por medio de una sentencia contundente, sin precedentes y sin desperdicio, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias da un tremendo varapalo al Ayuntamiento de La Orotava y al Cabildo de Tenerife, echando por tierra las licencias ilegales del primero y las autorizaciones conniventes del segundo, en relación con el Caso Atlante A través del siguiente enlace puedes acceder al contenido íntegro de la sentencia:
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